QUIÉNES SOMOS

La Asociación de Paralíticos Cerebrales y Amigos "ACUARIO", fué fundada en Madrid en fecha 16 de Febrero de 1.991, con el objeto de fomentar la promoción y defensa de las personas con Parálisis Cerebral y para contribuir a la integración de este colectivo en la sociedad, ya que hasta ese momento, las Asociaciones existentes con un objeto similar estaban constituidas y dirijidas por los padres de los afectados, ya que se entendía que la mejor representación es la que puede hacer uno mismo.

Por este motivo, varios de los afectados por la Parálisis Cerebral junto con un grupo de amigos, decidieron crear una Asociación que fuera dirigida y administrada por los propios Paralíticos Cerebrales, sin la intervención de los padres o cualquier otra persona.

La Asociación de Paralíticos Cerebrales y Amigos "ACUARIO", entró a formar parte de pleno derecho de la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA Cocemfe Madrid), en fecha 14 de Abril de 1.993.

Tras la última remodelación de Estatutos, la Asociación de Paraliticos Cerebrales y Amigos "ACUARIO", se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones Grupo 1 Sección 1 Número Nacional 99616 en fecha 8 de Julio de 2.005.
Según lo Dispuesto en el Artículo 7 de sus Estatutos vigentes, los fines de esta Entidad  son los siguientes:
  1. La promoción y defensa de las condiciones de vida de las Personas con Parálisis Cerebral y otras Discapacidades, a favor de la normanización e integración social plena. Esta defensa será reivindicativa y gestion.
  2. Coordinar, impulsar y promover los objetivos y las actividades de sus miembros dentro de los fines generales de la Asociación.
  3. Realizar un control y seguimiento de las actividades realizadas por cualquier Entidad pública o privada relacionada con la problemática de las Personas con Parálisis Cerebral y otras Discapacidades en todos los aspectos especialmente social, laboral y educativo.
  4. Representar a sus miembros ante los Organismos públicos y privados y cualquiera persona física o juridica que puedan relacionarse con los problemas que afectan a las Personas con Parálisis Cerebral y otras Discapacidades, así como sus soluciones.
  5. Velar por la vigilancia y control por la calidad de atención prestada a las Personas con Parálisis Cerebral y otras Discapacidades acogidas en los centros públicos o privados.