La Comisión Europea ha abrierto el plazo de candidaturas, en su segunda edición, del Premio Ciudad Accesible (Access City Award), premio continental que se concede a las ciudades europeas que más hayan destacado en la promoción de la accesibilidad universal.
En la primera edición, que se celebró el año pasado, la ciudad ganadora de este galardón fué Avila, entre las 66 ciudades que se presentaron de 19 paises europeos.
El proceso de seleción consta de dos fases, una a nivel nacional, donde el Comité de Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), será al igual que el año pasado el encargado de este primer corte, elevando las ciudades selecionadas a una segunda y definitiva fase a nivel europeo.
Las ciudades de los 27 Estados miembros de la Unión Europea tiene de plazo para presentar sus candidaturas hasta el 20 de septiembre de este año. Estas ciudades deben tener una poblacón mínima de 50.000 habitantes. Y para ser tenidas encuenta, las iniciativas debe heberse desplegado durante los últimos cinco años.
viernes, 15 de julio de 2011
EN BUSCA DE LA CIUDAD EUROPEA MAS ACCESIBLE
martes, 5 de julio de 2011
PEQUEÑOS LOGROS
Una de las reivindicaciones que la Asociacion de Paraliticos Cerebrales y Amigos "ACUARIO", tiene pendientes desde hace algunos años, es la modificacion de la normativa que impide a las Personas con Discapacidad mayores de 65 años acceder a las Ayudas para Transporte en Taxi de las Personas con Discappacidad gravemente afectadas en su movilidad, pues entendemos que a partir de esa edad, es cuandoo mas necesarias se hacen estas ayudas para poder llevar una vida lo mas normalizada posible.
Asi lo hemos echo constar en varios escritos dirigidos a la Consejeria de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, sin que hasta el momento hubieramos recibido respuesta alguna.
En el Decreto de convocatoria de estas ayudas para el presente año, Anexo 1, Requisitos generales de los beneficiarios punto 1.5. dice textualmente: No tener mas de 65 años el 31 de diciembre del año para el que se concede la ayuda. Excepto para las ayudas de transporte en taxi, que tendran derecho hasta el año en que cumplan los 70, siempre que hayan sido perceptores de esta ayuda en los ultimos cinco años consecutivos.
Aunque entendemos que la percepcion de estas ayudas no deberia tener limite de edad, no dejamos de considerar esto como un pequeño logro que nos anima a seguir adelante en nuestro quehacer cotidiano para hacer valer nuestros derechos.
Este echo, pone una vez mas de manifiesto la importancia que tiene mantener un Movimiento Asociativo fuerte y unido, y tener una representacion seria ante las Administraciones y ante la opinion publica para que todas nuestras reivindicaciones tengan el trato que merecen
Seguiremos luchando dia a dia, para que estos pequeños logros se vayan multiplicando y hacer bueno el viejo dicho de que Zamora no se gana en una hora.
Fdo. FELIX CASTRO MATEO
Asi lo hemos echo constar en varios escritos dirigidos a la Consejeria de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, sin que hasta el momento hubieramos recibido respuesta alguna.
En el Decreto de convocatoria de estas ayudas para el presente año, Anexo 1, Requisitos generales de los beneficiarios punto 1.5. dice textualmente: No tener mas de 65 años el 31 de diciembre del año para el que se concede la ayuda. Excepto para las ayudas de transporte en taxi, que tendran derecho hasta el año en que cumplan los 70, siempre que hayan sido perceptores de esta ayuda en los ultimos cinco años consecutivos.
Aunque entendemos que la percepcion de estas ayudas no deberia tener limite de edad, no dejamos de considerar esto como un pequeño logro que nos anima a seguir adelante en nuestro quehacer cotidiano para hacer valer nuestros derechos.
Este echo, pone una vez mas de manifiesto la importancia que tiene mantener un Movimiento Asociativo fuerte y unido, y tener una representacion seria ante las Administraciones y ante la opinion publica para que todas nuestras reivindicaciones tengan el trato que merecen
Seguiremos luchando dia a dia, para que estos pequeños logros se vayan multiplicando y hacer bueno el viejo dicho de que Zamora no se gana en una hora.
Fdo. FELIX CASTRO MATEO
viernes, 1 de julio de 2011
CONVOCATORIA DE AYUDAS INDIVIDUALES
Desde el 30 de junio y hasta el 31 de agosto, se puede soliciar la Ayuda para el fomento de la autonomía personal de la accesibilidad a personas con discapacidad.
La documentación a presentar es la siguiente:
La documentación a presentar es la siguiente:
- Fotocopia de DNI o la tarjta de residencia del beneficario y del represetante en su caso. En caso de beneficiarios menores de edad que carezca de DNI, fotocopia del libro de familia completo (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formularia de la solicitud, no será necesaria su aportación).
- Documento acreditativo de que el beneficiario de la ayuda solicitada está empadronado en la Comunidad de Madrid, así como las personas integrantes de su unidad familiar, si el beficiario adulto vive solo, deberá constar en el padrón municipal correspodiente.
- Justificantes de los ingresos económicos o familiares del ejercicio correspondiente a los dos años anteriores al de la presentación de la solicitud.
- Presupuesto, del mismo año en que se presenta la solicitud, del coste de la acción para la que se solicita la ayuda, salvo para la ayuda para transporte en taxi.
- Los datos bancarios completos donde conste la entidad, sucursal, dígito de control y número de cuenta del beneficiario o represetante, en su caso.
- Para acreditar el recrisito establecido en el punto 1.7, deberá presentar una declaración del solicitanteo represetante legal, en su caso, de no estar en curso en los supuestos contemplads en loa apartados a), b), c), d), e) f), g), y h) del artículo 13.2 de la la Ley 38/2003, de 17 de noviembre según el modelo normalizado establecido a tal efecto Anexo 2.
- Para acreditar los requisitos establecidos en el apartado cuarto 4.1, 4.2.1, 4.2.2, 4.3.1, 4.4.1, 4.5.2, 4.6.1, debera presentar una declaración del solicitante o represetasnte legal, segun modelos normalizados establecidos a tal efecto Anexos 5 y 6.
Para más información y para descargarse los impresos de la solicitud visite http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1142651496584&definicion=AyudaBecaSubvenciones&idConsejeria=1109266187278&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1109265444835&segmento=1&tipoServicio=CM_ConvocaPrestac_FA
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